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CA: Ética – Ética aplicada; Cibernética – Automática y Robótica; Ciencia de los ordenadores – Informática e Inteligencia artificial.
CT: Roboética: ¿se puede garantizar una inteligencia artificial justa?
Los agentes morales artificiales y la IA explicable, dos sistemas que permiten configurar algoritmos que respeten los derechos humanos
Han pasado ya dos décadas desde que el investigador Gianmarco Veruggio acuñara el término roboética en alusión a la ética de la robótica, un campo de la ética aplicada que estudia las implicaciones positivas y negativas de la robótica. El objetivo es evitar el mal uso de los robots y de productos y servicios basados en la inteligencia artificial (IA) contra la humanidad. «Dado que la IA se encuentra cada vez en más y más sectores de nuestras vidas (trabajo, educación, ocio, relaciones sociales, etc.), los efectos que los algoritmos detrás de esas aplicaciones de la IA pueden tener sobre las personas, la sociedad y el mundo entero son cada vez potencialmente mayores», afirma Joan Casas-Roma, investigador del grupo Smartlearn, de los Estudios de Informática, Multimedia y Telecomunicación de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC).
F: UOC – https://www.uoc.edu/es/news/2022/171-roboetica-inteligencia-artificial (consulta: 29.01.2025)
DEF: Rama de la ética aplicada interesada por los desafíos éticos y sociales de la robótica y la inteligencia artificial.
F: Redalyc – https://www.redalyc.org/journal/5644/564474620006/564474620006.pdf (consulta: 29.01.2025)
N: 1. Término amalgamado formado a partir del sustantivo masculino «robot» (del inglés robot, y este del checo robota ‘trabajo, prestación personal’) y el sustantivo femenino «ética» (del latín ethĭcus, y este del griego ἠθικός ēthikós ‘propio de un carácter moral’; la forma femenina, del latín tardío ethĭca, y este del griego ἠθική ēthikḗ).
2. No hay resultados ni en el CORDE ni en el CREA, pero sí en el CORPES XXI. Año 2012. Autor: Carme Torras. Título: «Entre el test de Turing y la ciencia-ficción: El reto de los robots sociales». País: España. Tema: Ciencias y tecnologías. Publicación: El País.com.
Sin resultados en el Nuevo tesoro lexicográfico de la lengua española (NTLLE) ni en el Diccionario histórico de la lengua española (DHLE).
3. La roboética es una subdisciplina académica híbrida y reciente, con un corpus de conocimiento todavía en construcción, que se interesa por los límites éticos, legales y sociales en el diseño, desarrollo y utilización no solo de la robótica sino también de la IA (Langman et al., 2021). En palabras de Carme Torras, investigadora española del Instituto de Robótica e Informática Industrial (IRI), la roboética centra sus esfuerzos en tres grandes líneas de acción: «adaptar la ética humana a la robótica, incrustar un código moral en los robots mismos, y pensar qué ética surgiría de una posible conciencia futura de los robots».
Hay cierto consenso establecido de que el término «roboética» se utiliza por primera vez en un contexto académico en 2004, en la Escuela de robótica de San Remo (Italia), en el marco del primer simposio internacional sobre la materia titulado Roboethics (Veruggio, 2005).
4. No obstante, entre sus antecedentes inmediatos (y valedores actuales) se encuentran varias áreas de conocimiento que ya mostraron su interés por las implicaciones filosóficas, éticas y sociales de la robótica y de la IA: además de la filosofía de la mente y de las ciencias cognitivas (desde una perspectiva más epistémica y ontológica), quizá quien lo ha hecho con más fuerza haya sido el transhumanismo tecnológico (con su visión claramente pragmática, entre la técnica y la filosofía práctica, fundamentalmente en forma de ética aplicada).
Dicho movimiento se caracteriza por proponer una mejora en la condición humana basada en la utilización de la tecnología disponible (Biscaia, 2021b; Diéguez, 2017). Bajo esta concepción, el uso de la robótica y de la IA supondrá un progreso socio-económico gracias a novedosas máquinas industriales y vehículos autónomos, al reconocimiento de voz, la visión artificial o la planificación y el aprendizaje autónomo, entre otros ingenios; supondrá, igualmente, un considerable avance en el tratamiento de patologías o en la mejora de determinadas capacidades físicas y psicológicas del ser humano; incluso, implicaría la creación de una suerte de híbrido humano-máquina, el conocido como Homo ciborg (Biscaia, 2021a), o, más especulativo aun, supondrá tal vez el advenimiento de la denominada como “singularidad tecnológica”, lo cual implica la creación de una IA (robótica o no) con capacidades cognitivas humanas o incluso superiores a las nuestras (Vinge, 1993).
5. En uno de sus relatos, concretamente Círculo vicioso (del año 1942), Isaac Asimov enunció las tres leyes de la robótica, consideradas como la base ética y moral sobre la que desarrollar los sistemas autónomos:
- Un robot no hará daño a un ser humano, ni por inacción permitirá que un ser humano sufra daño.
- Un robot debe cumplir las órdenes dadas por los seres humanos, a excepción de aquellas que entren en conflicto con la primera ley.
- Un robot debe proteger su propia existencia en la medida en que esta protección no entre en conflicto con la primera o con la segunda ley.
F: 1. DLE – https://dle.rae.es/robot (consulta: 29.01.2025); DLE – https://dle.rae.es/%C3%A9tico (consulta: 29.01.2025); DPTM – https://dptm.es/dptm/?k=%C3%A9tica (consulta: 29.01.2025). 2. CORDE (consulta: 29.01.2025); CREA (consulta: 29.01.2024); CORPES XXI (consulta: 29.01.2024); NTLLE (consulta: 29.01.2025); DHLE (consulta: 29.01.2025). 3 y 4. Redalyc – https://www.redalyc.org/journal/5644/564474620006/564474620006.pdf (consulta: 29.01.2025). 5. Telefónica – https://www.telefonica.com/es/sala-comunicacion/blog/leyes-robotica/ (consulta: 25.01.2025).
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RC: automática, bioética, cibernética, informática, inteligencia artificial, robot, robótica.