transición justa
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CG: nf

CA: Protección medioambiental – Gestión medioambiental; Desarrollo sostenible.

CT: LA TRANSICIÓN JUSTA. El objetivo de las políticas públicas de Transición Justa es optimizar las oportunidades en actividad y empleo de la transición ecológica hacia una economía verde y baja en carbono y minimizar los impactos económicos y sociales negativos que se puedan producir.

A través de estas políticas se identificarán y adoptarán medidas que garanticen un tratamiento equitativo y solidario a trabajadores y territorios en dicha transición.

Para que esta transición sea socialmente beneficiosa para un país como España, con altas tasas de desempleo, debe generar nuevos empleos de calidad. La Transición Justa impulsa estos cambios y acompaña a personas, territorios y sectores económicos en esta necesaria transformación, apoyando la I+D+i y la adaptación de las empresas.

El Acuerdo de París de 2015 y la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas ​marcaron el inicio de una agenda global de sostenibilidad que conlleva la transformación del modelo económico y establece las bases de un nuevo contrato social de prosperidad inclusiva dentro de los límites del planeta.

Contexto Internacional​​

La transición justa es el marco de acción propuesto por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Convención de Naciones Unidas Contra el Cambio Climático (CMNUCC), para maximizar beneficios en la actividad y el empleo y minimizar los impactos negativos de la transición ecológica y la descarbonización.

En 2015, el Acuerdo de París reconoció que la implementación de las políticas debería tener en cuenta «los imperativos de una transición justa en el mundo del trabajo y la creación de trabajo decente y empleo de calidad».

Este marco fue iniciado por las organizaciones sindicales que, a cambio de comprometerse en la defensa de la acción climática, pedían el acompañamiento de la acción con ciertas garantías socio-laborales, para que los cambios no se produjeran a costa de los trabajadores. Sobre la base de estas demandas, las Directrices de la OIT para una transición justa ofrecen un marco que los países pueden utilizar, adoptado a través del consenso, para guiar la transición hacia economías con bajas emisiones de carbono.​

F: ITJ – https://www.transicionjusta.gob.es/es-es/Paginas/Home.aspx (consulta: 2.02.2024)

DEF: Proceso de transformación de un modelo económico, basado en el uso intensivo de combustibles fósiles y de recursos, a una economía más ecológica, basada en el desarrollo sostenible, el trabajo decente y los empleos verdes.

F: OTJ – https://observatorio-transicionjusta.com/ (consulta: 2.02.2024) 

N: 1. – transición (nf): Del latín transitio, -ōnis ‘tránsito’.

  • Acción y efecto de pasar de un modo de ser o estar a otro distinto.

– justa (adjf): Forma femenina del adjetivo «justo, ta» (del latín iustus).

  • Que obra según justicia y razón.

2. No hay resultados en los corpus de la Real Academia Española (RAE).

Sin resultados en el Nuevo tesoro lexicográfico de la lengua española (NTLLE), en el que habría que descomponer el término.

Sin resultados en el banco de datos de neologismos BOBNEO.

3. El concepto de «transición justa» existe desde la década de 1980, cuando fue utilizado por los sindicatos estadounidenses en un movimiento para proteger a los trabajadores afectados por las nuevas reglamentaciones sobre contaminación del agua y el aire.  En los últimos años, el concepto ha tomado fuerza en lo que se refiere al cumplimiento de los objetivos climáticos para garantizar que la sociedad en su conjunto (todas las comunidades, todos los trabajadores, todos los grupos sociales) estén en el centro de un futuro con cero emisiones netas.

4. Este término fue introducido por las asociaciones sindicales en la década de 1990 que, a cambio de comprometerse en la defensa de la acción climática, solicitaban a las instituciones acompañar sus políticas ambientales con garantías laborales para los trabajadores y territorios afectados. Así, la definición de transición justa que establece la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es «aquella capaz de hacer que la economía sea lo más justa e inclusiva posible para todos los agentes implicados, creando oportunidades de trabajo decente y sin dejar a nadie atrás». Finalmente, en 2015, el Acuerdo de París reconoció que la implementación de las políticas para revertir el cambio climático debería tener en cuenta «los imperativos de una transición justa en el mundo del trabajo y la creación de empleo de calidad».

5. Interrelación cultural: Cabe mencionarse el cuaderno de trabajo Para una transición energética justa, poniendo las reparaciones en el centro – El caso del Istmo de Tehuantepec (2023) de Arrate Zelaia Eizaguirre.

F: 1. DLE –https://dle.rae.es/transici%C3%B3n?m=form (consulta: 29.01.2024) https://dle.rae.es/justo#MfO65xY (consulta: 29.01.2024) 2. CORDE (consulta:  2.02.2024); CREA (consulta: 29.01.2024); CORPES XXI (consulta: 2.02.2024); CNDHE (2.02.2024); NTLLE (consulta: 2.02.2024); BOBNEO (consulta: 2.02.2024). 3. PNUD – https://climatepromise.undp.org/es/news-and-stories/que-es-la-transicion-justa-y-por-que-es-importante (consulta: 2.02.2024) 4. MITECO – https://www.miteco.gob.es/content/dam/miteco/es/prensa/etj-castellano-interactivo_tcm30-505654.pdf (consulta: 29.1.2024) 5. HEGOAhttps://publicaciones.hegoa.ehu.eus/es/publications/597 (consulta: 29.01.2024)

SIN:
F:

RC: transición energética, hidrógeno azulhidrógeno verde.